Tax Today: “Legislativo aprueba ampliar plazo en la reducción de jornadas de trabajo” – Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras

Tax Today: “Legislativo aprueba ampliar plazo en la reducción de jornadas de trabajo”

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El día de ayer, 12 de enero de 2021, los diputados aprobaron en segundo debate el proyecto de ley tramitado bajo el expediente 22.265 denominado “Ampliación de plazo que autoriza la reducción de jornadas de trabajo ante la declaratoria de Emergencia Nacional”. Mediante este proyecto, se adiciona un transitorio III a la Ley 9832, Autorización de Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional, de 21 de marzo de 2020.

Dicho transitorio dispone que, en el marco de la emergencia nacional declarada mediante el Decreto Ejecutivo 42227-MP-S, y en tanto se mantengan los efectos del suceso provocador y así lo acredite el patrono ante la Inspección de Trabajo, la reducción de la jornada autorizada por el artículo 5 de la citada ley, podrá prorrogarse por un único período igual, sea de tres meses, adicional a los establecidos en el párrafo segundo de dicho artículo.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solo autorizará la nueva prórroga cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la persona empleadora no haya abusado de los mecanismos establecidos en la ley o incurrido en incumplimiento de la legislación laboral.
  • Que la persona empleadora haya sostenido el empleo de las personas sujetas a reducción de jornada, a quienes se pretenda ampliar el plazo de reducción.
  • Que se demuestre que las condiciones actuales siguen afectando a la empresa.
  • Que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley N°9832.

Ahora bien, cabe destacar que en caso de autorizarse la prórroga, el patrono:

  • No podrá establecer horarios laborales fraccionados a la persona sujeta a la reducción de la jornada.
  • Cuando la reducción de la jornada sea a un porcentaje de personas trabajadoras, no podrá pagar horas extra a personas trabajadoras que mantenga en la empresa, sino que deberá reincorporar a la persona con la jornada reducida que se requiera.

Este proyecto entrará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

 

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