Tax Today: “Clasificación arancelaria para los denominados en el comercio como “relojes inteligentes, relojes deportivos y pulseras de actividad”.
Estimados clientes y amigos,
Mediante Resolución N° RES-DGA-570-2020, publicada en la Gaceta N° 26 del 08 de febrero del 2021, el Director General de Aduanas comunica “se procede a unificar la clasificación arancelaria para los denominados en el comercio como relojes inteligentes, relojes deportivos y pulseras de actividad”, la cual indica lo siguiente:
- Con fundamento en el análisis realizado, los dispositivos conocidos como “relojes inteligentes, relojes deportivos y pulseras de actividad”, deben ser clasificados en la subpartida 8517.62, en aplicación de la Regla General de Clasificación 1 (N.L. Sec XVI-3), y Regla General de Clasificación 6.
- Conforme a lo descrito en el punto anterior, cuando se clasifiquen arancelariamente “relojes inteligentes, relojes deportivos y pulseras de actividad”, deben ser analizadas e investigadas todas las características propias en cada caso, incluyendo marca y modelo.
- La presente resolución será de aplicación obligatoria para el Servicio Aduanero Nacional.
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